Articulo 90 Actividad Física y Deporte de La Mancha
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 90. Política en materia de prevención y lucha contra la violencia, el racismo, la xenofobia, la homofobia y la intolerancia en la actividad física y el deporte.
Vigente
La Consejería competente en materia de deportes implementará medidas de concienciación, principalmente durante la edad escolar, dirigidas a prevenir la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en la actividad física y el deporte y a promocionar entre los practicantes de la actividad física y el deporte valores de convivencia, juego limpio, respeto, igualdad de género e integración social.