Articulo 9 Viviendas Colaborativas
Artículo 9. Principios de las normas de diseño y calidad
Las normas de diseño y calidad que deben respetar los edificios de covivienda que se regulan en esta ley se fundamentan en los siguientes principios generales:
a) Principio de función social de la vivienda en relación con la adecuación a las actividades de cuidado que se desarrollan en ella, en razón a su tamaño y accesibilidad para las características de la persona, familia o unidad de convivencia a la que se destine.
b) Principio de flexibilidad para su adecuación a las diversas funciones y a las necesidades cambiantes de residencia de las personas que utilizan la vivienda.
c) Principio de biohabitabilidad en relación con la iluminación, la ventilación, y el confort térmico.
d) Principio de rehabilitación, con el objeto de fomentar la recuperación y conservación del parque edificado residencial, así como la conversión de edificios de otros usos, para dar una respuesta sostenible a la necesidad habitacional.
e) Principio de sostenibilidad medioambiental en razón a la eficiencia energética, reducción de emisiones, instalación de energías renovables, economía circular y minoración en la generación de residuos, teniendo en cuenta el ciclo completo de vida útil de la vivienda.
f) Principio de comunidad, respecto a la incorporación de espacios necesarios para el apoyo al funcionamiento de la comunidad de usuarios y usuarias, para facilitar su reunión y encuentro.
g) Principio de resiliencia, en cuanto a la capacidad para dar respuesta a las situaciones de emergencia y como consecuencia del cambio climático.
h) Principio de calidad, con el fin de garantizar su adecuado uso y mantenimiento, y con ello su durabilidad.
i) Principio de innovación, con el objeto de incorporar los avances científico-tecnológicos y la implantación de la digitalización.
j) Principio de relación con el entorno, en cuanto al vínculo de los edificios residenciales con la ciudad y de las viviendas con el ambiente exterior.
k) Accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
- Texto Original. Publicado el 19-04-2023 en vigor desde 09-05-2023