Articulo 9 Tercer Sector Social

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Artículo 9.- Participación en el Consejo Económico y Social Vasco.

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Las organizaciones del tercer sector social de Euskadi participarán en el Consejo Económico y Social Vasco y tendrán derecho a designar una persona representante como miembro de pleno derecho en la forma que disponga la norma reguladora de ese órgano.

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  • Texto Original. Publicado el 19-05-2016 en vigor desde 20-05-2016