Articulo 9 Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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Artículo 9. Disposición general

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Las competencias en materia de servicios sociales corresponderán a la Comunidad de Madrid y a las entidades locales en su ámbito territorial.

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  • Texto Original. Publicado el 22-12-2022 en vigor desde 11-01-2023