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Articulo 9 Servicios sociales de C. La Mancha

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Artículo 9. Carta de derechos y deberes.

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El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha establecerá reglamentariamente una Carta de derechos y deberes reconocidos en esta Ley, garantizando la máxima difusión de su contenido en todo el ámbito de los servicios sociales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 30-06-2011