Articulo 9 Seguimiento y notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE
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»Artículo 9. Mejora continua
Vigente
Los titulares de instalaciones y operadores de aeronaves tendrán en cuenta, en sus posteriores actividades de seguimiento y notificación, las recomendaciones incluidas en los informes de verificación emitidos con arreglo al artículo 15 de la Directiva 2003/87/CE.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2018 en vigor desde 01-01-2019