Articulo 9 Reglamento del Impuesto sobre Sociedades -Navarra-
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»Artículo 9. Amortización de elementos revalorizados.
Vigente
En los supuestos de elementos revalorizados en virtud de disposiciones legales o reglamentarias se aplicarán las normas de amortización que se hubieran dictado a estos efectos en las respectivas disposiciones. En su defecto se aplicará lo dispuesto en el artículo 2.4.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-01-2018 en vigor desde 04-01-2018