Articulo 9 Reglamento de ... ambiental

Articulo 9 Reglamento de desarrollo de la Ley de actividades con incidencia ambiental

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Artículo 9. Medidas de aseguramiento financiero.

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1. Si el órgano competente para la concesión de la autorización ambiental integrada, unificada y licencia de actividad clasificada lo exigiera de forma motivada, la autorización o licencia podrá incluir la obligación de que la persona titular de la instalación realice el depósito de una fianza o la suscripción de un seguro obligatorio de responsabilidad ambiental que garantice la reparación o minimización de los daños que pudieran ocasionarse como consecuencia de la contaminación derivada de accidentes, averías y, en general, un funcionamiento anómalo de la instalación.

2. La cuantía de la suma asegurada podrá ser determinada en base a los resultados de un análisis de riesgos medioambientales de la instalación, o bien, en base al instrumento sectorial de análisis de riesgos medioambientales elaborado en desarrollo de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2022 en vigor desde 10-05-2022