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Articulo 9 Reglamento de Administración Electrónica

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Artículo 9. Finalidades en la difusión de datos, información y contenidos a través del portal de la Generalitat

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En el marco de los principios enunciados en el artículo 4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, a través del portal corporativo de la Generalitat se difundirán datos, información y contenidos bajo los siguientes principios.

1. Simplicidad, claridad, utilidad, usabilidad y facilidad de acceso.

2. Pretensión de completitud, consistencia y coherencia, veracidad y exactitud de la información.

3. Actualización. En la medida de lo posible y en razón de la naturaleza del contenido, se hará visible para el ciudadano la fecha de actualización de la información y de los contenidos. Si bien los contenidos no actualizados pueden ser de utilidad al ciudadano, se velará por advertir de tal desactualización.

4. Autenticidad, seguridad, confidencialidad y protección de los datos de carácter personal.

5. Gratuidad, libre acceso, accesibilidad y no discriminación. 6. Orientación al ciudadano, progresiva personalización, jerarquización y segmentación para el usuario o destinatario.

7. Reutilización y apertura de datos a favor al ciudadano, el sector privado y otras administraciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2014 en vigor desde 18-12-2014