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Articulo 9 Racionalización del sector público autonómico

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Artículo 9. Aprobación de catálogos de medios y prestaciones

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1. Los órganos superiores y de dirección que integran la Administración general de la Comunidad Autónoma y los órganos de gobierno y ejecutivos de las entidades instrumentales del sector público autonómico elaborarán sus propios catálogos de medios y prestaciones susceptibles de ser objeto de cooperación, colaboración y asistencia en el ámbito interno del sector público autonómico.

2. En los catálogos se incluirán los medios y prestaciones susceptibles de ser prestados internamente por la vía de la cooperación, colaboración y asistencia recíproca entre órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma y las entidades del sector público autonómico, de manera que se garantice un uso racional, eficiente y eficaz de los recursos públicos y la actuación coordinada del sector público autonómico.

En particular, se incluirán en estos catálogos las prestaciones de asistencia jurídica, control económico-financiero, auditoría de cuentas o de funcionamiento, auditoría energética, evaluación de resultados, estadística, higiene y salud laboral, formación de personal empleado público, administración electrónica e innovación y desarrollo tecnológico.

La cooperación, asistencia o colaboración de los órganos de control interno de la Comunidad Autónoma para las actuaciones de control económico-financiero y de auditoría de cuentas o funcionamiento no podrán resultar incompatibles con el desempeño de las funciones que de forma originaria tienen encomendadas estos órganos por la normativa vigente en materia de control.

3. Los catálogos de medios y prestaciones se aprobarán por el Consejo de la Xunta mediante acuerdo, previo informe de la consejería competente en materia de evaluación y reforma administrativa, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.

4. Los catálogos se mantendrán actualizados por el procedimiento que el Consejo de la Xunta de Galicia determine.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-01-2014 en vigor desde 16-02-2014