Articulo 9 Procedimiento ...ia del ISM

Articulo 9 Procedimiento de acceso y régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del ISM

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 9. Solicitudes.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Para acceder a cualquiera de los distintos cursos que el ISM ofrece, los interesados deberán formalizar una solicitud en el modelo oficial, que podrá obtenerse en las distintas dependencias del ISM o mediante descarga de la página web de la Seguridad Social.

2. Las solicitudes resueltas favorablemente tendrán una validez de veinticuatro meses contados a partir del día siguiente al de la fecha de la solicitud.

Transcurrido dicho plazo sin que el solicitante haya sido seleccionado para asistir a la formación demandada, se entenderá que la solicitud ha caducado, siendo necesario presentar una nueva para poder acceder al tipo de curso solicitado.

No obstante, se podrá renovar la solicitud dentro del mes siguiente a la pérdida de vigencia de la anterior y, si se resolviese favorablemente por cumplir los requisitos que determinan la condición de beneficiario y de acceso al curso en el momento de la solicitud de renovación, se mantendrá la antigüedad de la solicitud inicial en la renovada.

3. Las solicitudes se dirigirán al titular de la dirección provincial del ISM que corresponda al domicilio de residencia del solicitante en función de la distribución territorial que, a efectos de la formación, tiene establecido el Instituto, que será el competente para resolver, así como para seleccionar y gestionar su asistencia a un curso una vez que la solicitud haya sido resuelta favorablemente.

4. Las solicitudes se podrán presentar:

a) En cualquiera de las direcciones provinciales y locales del ISM.

b) A través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

c) En cualesquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.