Articulo 9 Presupuestos 2020 Asturias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 9.-Protección a menores acogidos.
Vigente
La cuantía fijada como medida de protección para los menores acogidos en familia ajena de 0 a 6 años será de 700,00 € mensuales. A partir de 7 años y hasta la mayoría de edad, la cuantía será de 450,00 € mensuales ampliándose hasta 550,00 € mensuales en caso de menores con diversidad funcional. A la entrada en vigor de la presente ley, se revisarán los acogimientos vigentes concediéndoles de manera automática esta cuantía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020