Articulo 9 Participación ...mergencias

Articulo 9 Participación voluntaria de la ciudadanía en el sistema vasco de atención de emergencias

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Artículo 9.- Funciones.

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1.- La actuación de las organizaciones locales se centrará, de forma permanente y regular, en el campo preventivo y operativo de la gestión de emergencias. Particularmente, sus cometidos se refieren a:

a) En el marco de la prevención:

1) Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad, preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.

2) Colaborar en la elaboración y mantenimiento de los Planes de Protección Civil municipales.

3) Contribuir a la realización de campañas de información y divulgación a colectivos afectados por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por la autoridad local de quien dependan.

4) Participar en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.), siempre coordinados por el órgano competente que corresponda.

b) En el marco de la intervención:

1) Auxiliar a los servicios operativos de emergencia ordinarios (bomberos, sanitarios, policiales, etc.), a requerimiento del personal responsable de la intervención.

2) Colaborar en la atención a las personas afectadas en emergencias (evacuación, albergue, abastecimiento..), siempre bajo la coordinación del órgano competente que corresponda.

3) Apoyo en la intervención ante situaciones de emergencias tanto en tareas de protección, socorro y auxilio de personas y bienes, como otras preventivas o de evitación de daños y en tareas de reparación y rehabilitación en ejecución de las misiones que les encomienden los planes de protección civil municipales.

4) Facilitar el encuadramiento en las tareas de emergencia de otras personas movilizadas por las autoridades en situaciones excepcionales de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

2.- En ejercicio de tales funciones actuarán funcionalmente bajo la dependencia de las autoridades responsables en cada caso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-02-2010 en vigor desde 16-02-2010