Articulo 9 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gallega y de su sector público
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 9. Contenido de los informes o dictámenes
Vigente
Los informes o dictámenes se fundamentarán en derecho y versarán sobre los aspectos consultados, aunque se podrá examinar cualquier otra cuestión relevante de carácter jurídico derivada del contenido de la consulta o de la documentación que se adjunta a la misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-04-2016 en vigor desde 13-04-2016