Articulo 9 Modificación d...as Navarra

Articulo 9 Modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias Navarra

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Artículo noveno.-Ley Foral de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Vigente

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Con efectos a partir de 1 de enero de 2024, los preceptos de la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, que a continuación se relacionan, quedarán redactados del siguiente modo:

Uno.-Artículo 22.5.d) y f).

"d) La expedición de certificados que sean objeto de descarga por Internet, así como los expedidos por los centros docentes públicos dependientes del Departamento de Educación que no requieran una preparación previa y que sean objeto de emisión o descarga automática.

"f) La compulsa de documentos por los centros docentes públicos de enseñanzas regladas dependientes del Departamento de Educación a los miembros de familias numerosas de categoría especial, así como a los miembros de familias monoparentales o en situación de monoparentalidad de categoría especial.

Dos.-Artículo 25, apartado 1, y denominación de la tarifa 1.3 del apartado 4.

"1. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de esta tasa la inscripción y certificación de los actos, hechos y documentos que deban ser depositados o inscritos en el Registro de Asociaciones, en el Registro de Fundaciones y en el Registro de Colegios Profesionales, de acuerdo con las disposiciones vigentes".

"Por cada inscripción de cualquier otro tipo, excepto las inscripciones de modificación de los miembros de la junta directiva u órgano de representación y los cambios de domicilio dentro del ámbito territorial estatutario de actuación principal".

Tres.-Artículo 28.4, modificación de las letras a, b y c, y supresión de la letra d), pasando el actual contenido de la letra e) a ser la letra d).

"a) Cartografía Editada en Imprenta.

DENOMINACIÓN

EUROS

1.-Mapas topográficos de Navarra

1.º 1:200.000 (Mural/Plegado).

3,90

2.º 1:200.000 (Relieve).

32,50

3.º 1:400.000 (Mural/Plegado).

2,60

4.º 1:850.000.

1,30

2.-Mapas Geológicos de Navarra

1.º 1:200.000 (Mural/Plegado).

10,75

2.º 1:200.000 y Memoria.

16,20

3.-Mapas Geotécnicos de Pamplona

1.º 1:25.000 y Memoria.

16,20

4.-Mapas de Cultivos y Aprovechamientos de Navarra

1.º 1:200.000 (Mural/Plegado).

9,70

b) Cartografía Ploteada:

DENOMINACIÓN

EUROS

1.-Mapas topográficos de Navarra

1.º 1:5.000 (Papel/Color).

13,00

2.º 1:10.000 (Papel/Color).

13,00

3.º Mapa Topográfico de Navarra 1:100.000 Mural (Papel Fotográfico/Color).

52,85

4.º Mapa Topográfico de Navarra 1:100.000 (Papel Fotográfico/Color).

18,00 por hoja

5.º Mapa Topográfico de Navarra 1:100.000 Mural (Papel Normal/Color).

32,50

6.º Mapa Topográfico de Navarra 1:100.000 (Papel Normal/Color).

13,00 por hoja

2.-Ortofotomapas de Navarra

1.º 1:5.000 (Papel Fotográfico).

18,00

2.º 1:5.000 (Papel Normal).

13,00

3.º 1:10.000 (Papel Fotográfico).

18,00

4.º 1:10.000 (Papel Normal).

13,00

5.º De la Comarca de Pamplona, 1:12.500 (Papel Fotográfico).

18,00

6.º De la Comarca de Pamplona, 1:12.500 (Papel Normal).

13,00

3.-Mapa Geológico de Navarra, 1:25.000 (Papel Normal).

13,00

4.-Mapa Geomorfológico de Navarra, 1:25.000 (Papel Normal).

13,00

5.-Mapa de Usos del Suelo, 1:200.000 (Papel Normal).

13,00

6.-Mapa Red Natura 2000 en Navarra, 1:200.000 (Papel Normal).

13,00

7.-Mapa de Vías Pecuarias de Navarra, 1:200.000 (Papel Normal).

13,00

8.-Mapa de Espacios Naturales Protegidos, 1:200.000 (Papel Normal).

13,00

9.-Mapa de Carreteras, 1: 200.000 (Papel Normal).

9,00

10.-Mapas de Lugares de Importancia Comunitaria y Espacios Naturales Protegidos a distintas escalas (según tamaño del LIC o ENP)

13,00

11.-Mapa de Usos del Suelo de Navarra, 1:25.000 (Papel Normal).

13,00

12.-Mapa de Series de Vegetación de Navarra, 1:200.000 (Papel Normal).

13,00

13.-Copia o ampliación de fotogramas hasta DINA4

1.º Papel Normal.

4,30

2.º Papel Fotográfico.

6,45

14.-Escaneado y copia planos

1.º Tamaño ISO A0 (Papel Normal).

18,00

2.º Tamaño ISO A0 (Papel Fotográfico).

25,00

3.º Tamaño ISO A1 (Papel Normal).

13,00

4.º Tamaño ISO A1 (Papel Fotográfico).

18,00

5.º Tamaño ISO A2 (Papel Normal).

8,60

6.º Tamaño ISO A2 (Papel Fotográfico).

13,00

7.º Tamaño ISO A3 (Papel Normal).

6,45

8.º Tamaño ISO A3 (Papel Fotográfico).

8,60

9.º Tamaño ISO A4 (Papel Normal).

4,30

10.º Tamaño ISO A4 (Papel Fotográfico).

6,45

11.º Escaneo en PDF/JPG (Sin copia en papel)

2,00

c) Cartografía Digital:

DENOMINACIÓN

EUROS

1.-CD Mapa Geotécnico de Pamplona 1:25.000 y Memoria (PDF).

10,75

2.-Por repositorio Web, conteniendo solicitud de archivos hasta 2 Gb, distintos formatos

5,00

3.-USB 2GB a 8 GB

10,00

4.-USB más de 8GB

15,00"

Cuatro.-Artículo 34.4.

"4. Tarifas.

El importe de las tarifas relativas a la tasa por permisos de pesca en cotos, cuya titularidad sea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, será:

EUROS

TARIFA 1

En cotos naturales de trucha, modalidad captura y suelta

10,00

TARIFA 2

En cotos naturales de trucha, modalidad extractiva

12,00

TARIFA 3

En cotos intensivos de trucha, modalidad captura y suelta

10,00

TARIFA 4

En cotos intensivos de trucha, modalidad extractiva

12,00

TARIFA 5

En tramos de extracción controlada de cangrejos exóticos

10,00

TARIFA 6

Tarifa reducida

8,00

Podrán ser beneficiarios de la tarifa reducida las personas físicas que, por sus circunstancias sociales, determine el departamento competente en materia de desarrollo rural y medioambiente".

Cinco.-Artículo 35.3 y 4.

"3. Devengo.

La tasa se devengará y será exigible en el momento en que se soliciten las licencias, que tendrán un periodo de validez de un año.

4. Tarifas.

La tarifa será de 12 euros por licencia".

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2023 en vigor desde 30-12-2023