Articulo 9 Modificación 2...ributarias

Articulo 9 Modificación 2016 de diversos impuestos y otras medidas tributarias

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Artículo noveno.-Ley Foral por la que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

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Con efectos a partir de 1 de enero de 2017 los epígrafes del Anexo I de la Ley Foral 7/1996, de 28 de mayo, de Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, que a continuación se relacionan, quedarán redactados del siguiente modo:

"Uno.-Epígrafe 751.1:

Epígrafe 751.1. Guarda y custodia de vehículos en garajes y locales cubiertos.

Cuota de:

Hasta un límite de 250 metros cuadrados de superficie dedicada a esta actividad: 29.910 pesetas (179,76 euros).

Por cada 50 metros cuadrados o fracción que exceda sobre el límite anterior: 6.624 pesetas (39,811042 euros).

Para el cómputo de la superficie dedicada a esta actividad se deducirán todos los accesos, rampas, viales interiores, así como todos los espacios y elementos accesorios.

Nota: Estas cuotas no autorizan a la custodia durante el día de coches que únicamente se guardan algunas horas alternando con los que esencialmente se encierran de noche.

En el caso de que se ejerza esta modalidad de custodia, las cuotas se incrementarán en un 25 por 100.

Dos.-Se adiciona un nuevo contenido en el Epígrafe 969.4. Máquinas recreativas y de azar, con la siguiente redacción:

Subepígrafe 969.4.7. Máquinas de apuestas del Reglamento que las regula, con independencia del lugar en que se encuentren funcionando.

Cuota mínima municipal: 77 euros por máquina.

Nota: Esta cuota la satisfará, exclusivamente, la persona o entidad titular del establecimiento o local en el cual la máquina esté instalada.

Subepígrafe 969.4.8. Titularidad de Máquinas de apuestas del Reglamento que las regula, con independencia del lugar en que se encuentren funcionando.

Cuota nacional: 77 euros por máquina.

Nota: esta cuota la satisfará, exclusivamente, la persona o entidad propietaria de las máquinas.

Tres.-Se añade en la Agrupación 86 (Profesiones liberales, artísticas y literarias) un nuevo Grupo 863 con la siguiente redacción:

Grupo 863. Escritores. Cuota de: 18.300 pesetas".

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2016 en vigor desde 01-01-2017