Articulo 9 Metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural
Artículo 9. Prima por riesgo de cantidad.
La prima por riesgo de cantidad (PRQ) refleja el sobrecoste que para los comercializadores de último recurso supone la existencia de una correlación positiva entre el volumen real de gas natural que tienen obligación de suministrar y el precio de la energía en el mercado.
Tomará el valor de 0 para el segundo y tercer trimestre del año y se determinará para el primer y cuarto trimestre del año de acuerdo con la siguiente fórmula:
PRQ = (MDp x COc + MDn x COp) / F3
Siendo:
- MDp: Máximo desvío positivo histórico respecto a la demanda estimada. Tendrá el valor de 0,26.
- MDn: Máximo desvío negativo histórico respecto a la demanda estimada. Tendrá el valor de 0,34.
- COc: Media aritmética del coste de la opción call del gas natural del "National Balancing Point" (NBP) del Reino Unido para entregas en los tres meses del trimestre de referencia del día 6 al día 20 del mes anterior al trimestre de referencia y calculada como sigue:
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Siendo:
* CO el coste de la opción call.
* Futn: La cotización del futuro de gas natural NBP para el mes n del trimestre de referencia en el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* Tsupn: El precio de ejecución de la opción call del mes n del trimestre de referencia inmediatamente superior al valor de Futn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* Tinfn: El precio de ejecución de la opción call del mes n del trimestre de referencia inmediatamente inferior al valor de Futn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* COsupn: La cotización de la opción call del mes n del trimestre de referencia a un precio de ejecución Tsupn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* COinfn: La cotización de la opción call del mes n del trimestre de referencia a un precio de ejecución Tinfn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
- COp: Media aritmética del coste de la opción put del gas natural del "National Balancing Point" (NBP) del Reino Unido para entregas en los tres meses del trimestre de referencia del día 6 al día 20 del mes anterior al trimestre de referencia y calculada como sigue:
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Siendo:
* CO el coste de la opción put.
* Futn: La cotización del futuro de gas natural NBP para el mes n del trimestre de referencia en el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* Tsupn: El precio de ejecución de la opción put del mes n del trimestre de referencia inmediatamente superior al valor de Futn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* Tinfn: El precio de ejecución de la opción put del mes n del trimestre de referencia inmediatamente inferior al valor de Futn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* COsupn: La cotización de la opción put del mes n del trimestre de referencia a un precio de ejecución Tsupn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
* COinfn: La cotización de la opción put del mes n del trimestre de referencia a un precio de ejecución Tinfn para el día de cálculo en el "Intercontinental Exchange" (ICE).
- F3: valor medio de los futuros del gas natural del "National Balancing Point" (NBP) del Reino Unido para entregas en los tres meses del trimestre de referencia. Se tomarán los valores publicados por el Intercontinental Exchange (ICE) desde el día 6 al día 20 del mes anterior al trimestre de referencia, ambos incluidos.
- Modificación realizada (9) por Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el 2016.
(BOE de 18-12-2015) en vigor desde 01-01-2016 - Artículo modificado por Orden ITC/1506/2010, de 8 de junio, por la que se modifica la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodologia de calculo de la tarifa de ultimo recurso de gas natural.
(BOE de 11-06-2010) en vigor desde 12-06-2010