Articulo 9 Medidas tributarias y administrativas 2006 I. Balears
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Articulo 9. Modificación de la letra c) del artículo 20 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública.
Vigente
Se modifica la letra c) del artículo 20 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública, que pasa a tener la siguiente redacción:
«c) En los casinos de juego se aplicará la tarifa siguiente:
Porción de base imponible entre 0,00 euros y 1.836.567,00 euros. Tipo aplicable: 22%.
Porción de base imponible entre 1.836.567,01 euros y 3.038.648,00 euros. Tipo aplicable: 40%.
Porción de base imponible entre 3.038.648,01 euros y 6.060.673,00 euros. Tipo aplicable: 50%.
Porción de base imponible superior a 6.060.673,01 euros. Tipo aplicable: 61%.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2006 en vigor desde 01-01-2007