Articulo 9 Medidas en materia agraria para la recuperación económica y social de la isla de La Palma
Articulo 9 Medidas en materia agraria para la recuperación económica y social de la isla de La Palma
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»Artículo 9. Régimen de usos en el ámbito de recuperación agraria.
Vigente
En las parcelas comprendidas en el ámbito de recuperación agraria se admiten los usos y actividades preexistentes a recuperar, y aquellos otros que permita la normativa urbanística y territorial aplicable conforme a la clasificación y categorización del suelo. Se exceptúan las parcelas situadas en las zonas excluidas a que se refiere el artículo anterior.