Articulo 9 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Cantabria
Artículo 9. - Modificación de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
UNO.- Se añaden al Anexo I (relación de procedimientos administrativos cuyo plazo máximo para notificar la resolución expresa es superior a seis meses), nuevos apartados con la siguiente redacción.
"Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
1. Procedimiento de reclamación de daños y perjuicios causados en el dominio público viario.
Plazo: doce meses."
"Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio. 1. Procedimiento sancionador en materia de transportes terrestres. Plazo: un año. 2. Otorgamiento de permisos de investigación de recursos mineros, secciones C y D.
Plazo: ocho meses (a contar de la fecha en que se declare definitivamente admitida la solicitud).
3. Procedimiento sancionador por infracciones de la normativa de turismo. Plazo: un año. 4. Procedimiento sancionador por infracciones de la normativa de defensa de consumidores y usuarios.
Plazo: un año". DOS.- Se añade al Anexo II (relación de procedimientos administrativos en los que el silencio administrativo tiene efectos desestimatorios) un nuevo apartado con la siguiente redacción:
"Consejería de Obras Públicas y Vivienda: 11.Autorizaciones de carteles informativos, rótulos y anuncios."