Articulo 9 Medidas Fiscales y Administrativas 2005 de Madrid
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»Artículo 9. Modificaciones del régimen aplicable al personal estatutario fijo.
Vigente
Los derechos establecidos en el artículo 11 de la Ley 18/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, se extenderán al personal estatutario fijo que reúna los requisitos exigidos en dicho precepto.
En el caso de que la incorporación al servicio activo se hubiera producido con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, los efectos económicos de los reconocimientos derivados de la aplicación de este precepto serán a partir de 1 de enero de 2006.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2005 en vigor desde 01-01-2006