Articulo 9 Medidas 2001 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»Artículo 9. Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (Se deroga el artículo 9) por Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
(BOE de 30-06-2012) en vigor desde 01-07-2012 - Modificación realizada (Se modifica el artículo 9) por LEY 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevencion del fraude fiscal.
(BOE de 30-11-2006) en vigor desde 01-12-2006 - Modificación realizada (Se modifica el apartado 2?º del párrafo f) del apartado Seis del n?ºmero 1 del artículo 9) por LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
(BOE de 31-12-2003) en vigor desde 01-01-2004 - Modificación realizada (Se modifica el n?ºmero tres, se suprimen los apartados 7 y 8 del n?ºmero cuatro y se sustituyen por el apartado 7 y se suprime el párrafo f) del apartado 2 del n?ºmero diez del artículo 9) por LEY 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
(BOE de 31-12-2002) en vigor desde 01-01-2003 - Artículo modificado por CORRECCIÓN de errores de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
(BOE de 24-05-2002) en vigor desde 01-01-2002