Articulo 9 General de protección del medio ambiente
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»Artículo 9. Comisión Ambiental del País Vasco.
Vigente
La Comisión Ambiental del País Vasco, órgano de naturaleza consultiva adscrito al Departamento responsable del área de medio ambiente, se configura como un órgano de relación, participación y coordinación de las distintas Administraciones que en materia de medio ambiente actúan en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-03-1998 en vigor desde 27-06-1998