Articulo 9 Función pública de C. León
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»Artículo 9. Comunicación e Información.
Vigente
En el ejercicio de las competencias delegadas se garantizará la adecuada comunicación con la Consejería con competencias en materia de Función Pública, la cual deberá ser informada previamente a la adopción de cuantas medidas puedan llegar a trascender de los ámbitos sanitario y docente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-05-2005 en vigor desde 01-07-2005