Articulo 9 Derechos Culturales

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Artículo 9. Mediación cultural.

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1. Las Administraciones Públicas de Navarra procurarán los procesos de mediación cultural y artística para favorecer el acceso y vincular al público al conocimiento y comprensión de los códigos culturales de las manifestaciones artísticas y culturales, y facilitar a la ciudadanía los recursos necesarios que permitan observar y reflexionar sobre las producciones culturales.

2. Los agentes culturales promoverán herramientas y acciones que permitan comprender obras y contenidos en sus contextos correspondientes y que favorezcan la participación del público en la construcción de significados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-01-2019 en vigor desde 26-01-2019