Articulo 9 Coordinación de Policías Locales de Aragón
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»Artículo 9. Cooperación del Gobierno de Aragón con los municipios.
Vigente
Los ayuntamientos podrán suscribir convenios de cooperación y coordinación en materia de seguridad pública con el Gobierno de Aragón en el marco de lo establecido por la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-09-2013 en vigor desde 25-09-2013