Articulo 9 Comercio de Navarra
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»Artículo 9. Promotor.
Vigente
Es promotor aquella persona física o jurídica que proyecta, promueve y construye un establecimiento comercial de los previstos en los artículos 13, 14 y 15, organizando su funcionamiento y gestión al objeto bien de su venta posterior, bien de su directa o indirecta explotación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-2001 en vigor desde 17-07-2001