Articulo 9 Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático
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»Artículo 9. - El Director.
Vigente
1. El director, que será nombrado y separado por el Gobierno de Canarias, a propuesta del titular del departamento al que esté adscrita la Agencia entre personas que reúnan las calificaciones necesarias para el cargo, es el órgano ejecutivo de aquélla.
2. El director es el responsable de la dirección y gestión ordinaria y es el órgano de contratación de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, ejerciendo asimismo cualquier otra función que le atribuya el estatuto o le delegue el Consejo de Dirección.