Articulo 9 Aceleración de...de Calidad

Articulo 9 Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad

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Artículo 9. Agilización y simplificación en el procedimiento de suministro eléctrico a instalaciones eléctricas en alta tensión con derechos de extensión en vigor.

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1. La empresa distribuidora dispondrá de un plazo máximo de 20 días hábiles para suministrar energía eléctrica a instalaciones eléctricas en alta tensión, que se encuentren sin suministro, cuando el interesado con justo título solicite, a través de alguna empresa comercializadora, la formalización de un nuevo contrato de acceso y acredite que dispone del acta de puesta en servicio de las instalaciones, que están inscritas a su nombre en el Registro de Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión y que ha tenido suministro durante algún periodo dentro de los últimos cinco años.

En todo caso, el interesado deberá presentar el certificado de revisión de la instalación, con una antigüedad inferior a dos meses, expedido por un instalador habilitado y diligenciado por la dirección general competente en materia de energía.

2. La empresa distribuidora solo podrá exceder dicho plazo por razones de carácter técnico debidamente justificadas o cuando el suministro pudiera poner en riesgo la seguridad de las personas, los bienes o el medio ambiente.

En estos casos, la empresa distribuidora deberá comunicar por escrito dicha eventualidad al interesado.

El cómputo del citado plazo quedará suspendido cuando para el suministro eléctrico sea necesaria la obtención de autorizaciones o permisos, tanto de administraciones públicas como de particulares. En el caso de que el suministro exigiera la implantación de equipos para la telegestión, la empresa distribuidora comunicará por escrito al interesado la tramitación específica a seguir en este caso, la cual no será tenida en cuenta en el cómputo del plazo más arriba referido.

3. Cuando el punto de suministro no disponga de derechos de extensión en vigor, se tratará como una solicitud de un nuevo suministro y, por tanto, no resultará de aplicación este artículo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-11-2018 en vigor desde 11-11-2018