Articulo 89 Medidas fiscales y administrativas 2014 de Galicia
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»Artículo 89. Principio de estabilidad presupuestaria
Vigente
Se modifica el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera, que queda redactado como sigue.
2. Se entenderá por estabilidad presupuestaria, en relación con las entidades del artículo 2.2.a), la situación de equilibrio o superávit estructural en términos de capacidad de financiación acorde con la definición recogida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales .
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2014 en vigor desde 01-01-2015