Articulo 89 Garantía de I...ión Social

Articulo 89 Garantía de Ingresos e Inclusión Social

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Artículo 89.- Delegación de competencias.

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Las diferentes administraciones públicas con responsabilidades en el marco del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social podrán delegarse entre sí las funciones que en esta ley se les atribuyen.

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  • Texto Original. Publicado el 31-12-2008 en vigor desde 01-01-2009