Articulo 89 Comercio de C Valenciana

Articulo 89 Comercio de C. Valenciana

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 89. Observatorio del Comercio Valenciano

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Observatorio del Comercio Valenciano es un órgano colegiado, consultivo y asesor en materia de comercio, adscrito a la conselleria competente en materia de comercio. En el ejercicio de sus funciones, el Observatorio actuará como órgano de información, consulta y asesoramiento en materia de comercio y de la actividad comercial.

2. El régimen de organización y funcionamiento, así como la determinación de su composición, estará establecido reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2011 en vigor desde 25-04-2011