Articulo 88 Suelo y Espac...Protegidos

Articulo 88 Suelo y Espacios Naturales Protegidos

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Artículo 88.- Clases y competencia.

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1. Las directrices de ordenación podrán tener carácter general o sectorial. En el caso de que exista un ámbito territorial de ordenación coincidente, las directrices de ordenación sectorial prevalecerán sobre las directrices de ordenación general, salvo en las determinaciones relativas a los recursos naturales.

2. Las directrices de ordenación, tanto general como sectorial, se aprueban por decreto del Gobierno de Canarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-07-2017 en vigor desde 01-09-2017