Articulo 88 Reglamento de Residuos
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Artículo 88. Obligaciones de las personas o entidades poseedoras de residuos de construcción y demolición.

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1. Además de lo previsto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, las personas o entidades poseedoras de residuos de construcción y demolición tendrán que.

a) Separar los residuos peligrosos de los no peligrosos, independientemente de la cantidad generada, siempre que sea técnicamente viable. En caso de no poder separarse, todos tendrán la consideración de residuos peligrosos.

b) Entregar los residuos a una persona o entidad autorizada o registrada que realice operaciones de gestión de residuos.

2. Las personas o entidades poseedoras separarán en la obra las fracciones de residuos previstas en el artículo 5.5 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, siempre que la generación individualizada supere los umbrales establecidos en dicho artículo. Excepcionalmente, cuando la separación no haya sido especificada ni presupuestada en el proyecto de obra y ante casos justificados y motivados, la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de medio ambiente podrá, mediante resolución, eximir de esta obligación para alguna o todas las fracciones.

Las personas o entidades poseedoras que soliciten la exención deberán dirigir solicitud a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de medio ambiente de la provincia en la que se ubique la obra, con carácter previo a la solicitud de la licencia municipal, justificando los motivos por los cuales se solicita la exención. El plazo previsto para dictar y notificar la resolución será de un mes desde la entrada de la solicitud en el registro de la correspondiente Delegación Provincial, transcurrido el cual sin que se haya producido resolución expresa la persona solicitante podrá entender desestimada su solicitud.

Las personas o entidades productoras tendrán que aportar a los entes locales una copia de la resolución favorable para la exención de la segregación in situ de los residuos, junto con toda la documentación para solicitar la licencia de obras.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-04-2012 en vigor desde 26-05-2012