Articulo 88 Reglamento marco de coordinación de las policías locales
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Artículo 88. Caducidad de la tarjeta de identificación

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1. La fecha de caducidad de la tarjeta de identificación es de diez años, a contar desde la fecha de expedición.

2. El documento de acreditación profesional es propiedad de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, competente en materia de coordinación de policías locales, y debe devolverse en caso de cese, cambio de categoría en el cuerpo de policía al que pertenece o pérdida de la condición de funcionario.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019