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Articulo 88 Reglamento de Administración Electrónica

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Artículo 88. Catálogo de servicios de verificación de datos

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1. El catálogo de la Plataforma Autonómica de Interoperabilidad contendrá la relación de los servicios de verificación de datos ofrecidos por cada proveedor, sirviendo de referencia a posibles demandantes.

2. El catálogo de servicios de verificación de datos estará disponible para su consulta a través de alguno de los siguientes medios.

a) Para las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana y la Administración General del Estado, a través de la web informativa de la Plataforma Autonómica de Interoperabilidad publicada en el portal de la Generalitat y en la sede electrónica de la Generalitat.

b) Para los departamentos de la Generalitat, en la web informativa de la Plataforma Autonómica de Interoperabilidad, publicada en la intranet corporativa de la Generalitat.

3. En el catálogo de la Plataforma Autonómica de Interoperabilidad figurará, para cada servicio disponible, la descripción del servicio de verificación de datos, que contendrá, como mínimo, además de los datos de carácter técnico o que se consideren de interés, la siguiente información:

a) Denominación del servicio.

b) Descripción funcional.

c) Organismo responsable.

d) Fecha de disponibilidad del servicio.

4. Para la publicación de nuevos servicios en la Plataforma Autonómica de Interoperabilidad se podrá utilizar un servicio de directorio como medio para facilitar el descubrimiento dinámico de nuevos servicios, aunque el uso de aquellos dependerá, en cualquier caso, de la formalización de las autorizaciones necesarias correspondientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2014 en vigor desde 18-12-2014