Articulo 88 Ordenación Sanitaria de Canarias
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»Artículo 88. Comisión de Participación Hospitalaria.
Vigente
La Comisión de Participación Hospitalaria es el órgano colegiado de participación comunitaria en la planificación, control y evaluación de la asistencia que corresponde al hospital.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-1994 en vigor desde 25-08-1994