Articulo 88 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2004 de la Generalitat
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»Artículo 88.
Vigente
En el ámbito de la Comunitat Valenciana, las cuantías de las sanciones por infracciones a la normativa estatal en materia de Fomento y Conservación de la Pesca Fluvial, serán las siguientes:
Infracciones leves: de 30 a 149,99 euros.
Infracciones menos graves: de 150 a 299,99 euros.
Infracciones graves: de 300 a 1.499,99 euros.
Infracciones muy graves: de 1.500 a 3.000 euros.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 14/2005, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat. [2005/14571]
(DOGV de 30-12-2005) en vigor desde 01-01-2006