Articulo 88 Medidas Fisca...os Propios

Articulo 88 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios

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Artículo 88. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón por los órganos competentes de su Administración de los servicios sociales que se mencionan a continuación:

a) La concesión de autorizaciones y la actuación inspectora de los centros de servicios sociales especializados.

b La inscripción en el registro de entidades y establecimientos de acción social.

c) El visado o diligenciado de documentos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006