Articulo 87 Turismo, ocio y hospitalidad
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»Artículo 87. Tipos de sanciones
Vigente
Las sanciones administrativas en materia pueden consistir en:
a) Apercibimiento.
b) Multa.
c) Suspensión del ejercicio de la profesión o de la actividad turística.
d) Clausura del establecimiento turístico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-06-2018 en vigor desde 08-07-2018