Articulo 87 Servicios sociales de Andalucía
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»Artículo 87. Finalidad.
Vigente
La Inspección de Servicios Sociales tiene como fin contribuir al buen funcionamiento del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía, garantizar los derechos de las personas usuarias de los servicios y centros de servicios sociales y promover la mejora continua del nivel de calidad en la prestación de los servicios sociales en Andalucía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2016 en vigor desde 18-01-2017