Articulo 87 Salud Pública de Euskadi

Articulo 87 Salud Pública de Euskadi

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 87.- Actuaciones de promoción de la salud.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Las administraciones públicas, en materia de promoción de la salud, realizarán, entre otras, las siguientes actuaciones:

a) El desarrollo de iniciativas de promoción de la salud, de carácter transversal e intersectorial, que aborden los determinantes de salud específicos que influyen en los escenarios de vida de los diferentes grupos de población, con los objetivos de promover una vida libre de discapacidad, incluyendo la promoción de un envejecimiento activo y saludable, y de disminuir las desigualdades en salud.

b) El impulso y fortalecimiento de la acción comunitaria mediante la participación de la población en el diseño, puesta en marcha y evaluación de procesos que respondan a sus necesidades de salud.

c) El fomento del trabajo en red con las administraciones integrantes del Sistema Vasco de Salud Pública, con Osakidetza-Servicio vasco de salud y el sector privado, incluyendo los agentes sociales y la sociedad civil en cada comunidad, facilitando asesoramiento y apoyo técnico, así como acceso a los recursos de formación, información y documentación más actualizados.

d) El diseño e implementación de planes y programas orientados a proporcionar a la ciudadanía información y educación en salud para el desarrollo de aptitudes personales, indispensables para afrontar las diferentes etapas de la vida y para ayudar a la toma de decisiones sobre la propia salud y a la elección de aquello que la propicie.

e) El desarrollo de planes y programas en materia de alimentación saludable, actividad física y reducción del sedentarismo, bienestar emocional y salud mental, salud sexual y reproductiva, envejecimiento activo y saludable, prevención del suicidio y, en general, fomento de conductas saludables y seguras.

f) El impulso de medidas favorables a la salud en materia de normativa -especialmente en el ámbito local-, fijación de precios, fiscalidad, información y etiquetado.