Articulo 87 Reglamento de...o Judicial

Articulo 87 Reglamento del Mutualismo Judicial

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Artículo 87. Beneficiarios del subsidio por incapacidad temporal.

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Son beneficiarios del subsidio por incapacidad temporal los mutualistas en activo que se encuentren en dicha situación.

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  • Texto Original. Publicado el 04-08-2011 en vigor desde 05-08-2011