Articulo 86 Reglamento Ge...as Armadas

Articulo 86 Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas

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Artículo 86. Incompatibilidad.

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Las prestaciones de protección a la familia a las que se refiere el artículo anterior son incompatibles con cualesquiera otras análogas fijadas en los restantes regímenes del sistema de la Seguridad Social.

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  • Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 27-12-2007