Articulo 86 Reglamento General de Costas
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Artículo 86. Sometimiento del proyecto a información pública.

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El proyecto se someterá preceptivamente a información pública, salvo que se trate de autorizaciones o de actividades relacionadas con la defensa nacional o por razones de seguridad (artículo 42.3 de la Ley 22/1988, de 28 de julio).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2014 en vigor desde 12-10-2014