Articulo 86 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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Articulo 86 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-

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Artículo 86. Colaboración con otras Administraciones

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La Generalitat colaborará con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas en la realización y desarrollo de planes, programas y actuaciones conjuntas destinadas al fomento y promoción de las fiestas taurinas populares.

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  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015