Articulo 86 Reglamento de... Andalucía

Articulo 86 Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía

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Artículo 86. Parcelaciones en suelo urbano.

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Se sancionarán con multa del 10 al 20 % del valor en venta de los terrenos afectados las parcelaciones urbanísticas en suelo urbano que contradigan las determinaciones de la ordenación urbanística.

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  • Texto Original. Publicado el 07-04-2010 en vigor desde 07-05-2010