Articulo 86 Reforma del E... de Aragon

Articulo 86 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 86. El Consejo local de Aragón.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Consejo local de Aragón es el órgano de colaboración y coordinación entre el Gobierno de Aragón y las asociaciones representativas de las entidades locales aragonesas. El Consejo debe ser oído en las iniciativas legislativas y en la tramitación de planes y normas reglamentarias que afecten de forma específica a los gobiernos locales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007