Articulo 86 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2004 de la Generalitat
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»Artículo 86.
Vigente
Se añade un nuevo apartado Diez, pasando el actual Diez a ser el Once, del artículo 72 de la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana, que pasa a tener el siguiente tenor literal:
«Diez. La Conselleria competente en materia de Transportes y Puertos podrá encomendar al Ente Gestor de la Red de Transporte y de Puertos de la Generalitat la ejecución de actuaciones incluidas en los programas de inversión en la costa relativas a los transportes o las instalaciones portuarias.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2004 en vigor desde 01-01-2005