Articulo 86 Juego y prevención de la ludopatía
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Articulo 86 Juego y prevención de la ludopatía

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Artículo 86. Responsables

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De conformidad con el artículo 3 del Real Decreto ley 16/1977, de 25 de febrero, son personas responsables solidarias las dueñas y empresarias de los locales donde se celebren juegos de suerte, envite o azar.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-06-2020 en vigor desde 16-06-2020